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Auction 746, Lot # 53

DI - Bernardo de Prado y Obejero / Isidoro Sainz de Alfaro y Beaumont.
Edicto sobre Denuncia y Excomunión de Hidalgo por la Inquisición.
"Nos los Inquisidores Apostólicos… A vos el Br. Don Miguel Hidalgo, y Costilla, Cura de la Congregación de los Dolores en el Obispado de Michoacán, titulado Capitán General del Exército de los Insurgentes. Sabed que ante Nos parecio el Señor Inquisidor Fiscal de este Santo Oficio é hizo presentación en forma de un Proceso, que tuvo principio en el año de 1800, y fue continuado á su instancia hasta el de 1809, del que resulta probado contra vos el delito de heregía, y apostasia de nuestra Santa Fé Católica, y que sois un hombre sedicioso, cismático, y herege formal por las doce proposiciones, que habeis proferido, y procurado enseñar á otros; y han sido la regla constante de vuestras conversaciones, y conducta... Dada en la Inquisición de México á 13 de Octubre de 1810.".
Con surco de polilla en esquina inferior derecha y con faltante en margen derecho parte superior afectando poco texto, y con marca de doblez al centro con ligera marca de óxido.
Enmarcado.
Excomunión del padre Hidalgo "Nadie la quite, pena de excomunión mayor". Menciona el crimen de haber formado un ejército de insurgentes "Edicto del Tribunal de la Inquisición, en el cual citó a Miguel Hidalgo para que compareciera a responder a los cargos que se le hacían, y excomulgó a todos los insurgentes…", en Genaro García. Documentos Inéditos o muy raros para la historia de México. Biblioteca Porrúa No. 60. Editorial Porrúa. México, 2004. Páginas 399 - 401.
El Tribunal de la Inquisición retomó el 13 de octubre de 1810 las constancias del juicio inquisitorial que inicio proceso en 1800 y por edicto emplazó a Hidalgo para que pudiera defenderse ante las acusaciones. El edicto tuvo el propósito de informar a Hidalgo que el Inquisidor fiscal presentó y que había continuado hasta 1809. Se probaron los delitos de herejía y apostasía y se le consideraba "sedicioso, cismático y hereje". La Inquisición alegó su participación en la dirección del movimiento armado "predicar errores contra la fe", incitar a la sedición, apoyándose en la religión, en nombre y devoción de María de Guadalupe y Fernando Séptimo. Citó a Hidalgo para que compareciera en el término de treinta días y en caso de no comparecer se le seguiría la causa por rebeldía, y se le excomulgaría a él y a sus secuaces. Finalmente para la Inquisición, Hidalgo fue excomulgado a pesar de que impugnó el edicto.
El bando fue de una importancia trascendental para la lucha de la Corona Española contra el movimiento Insurgente. Como Hidalgo era un sacerdote, tenía que ser despojado de sus hábitos religiosos antes de poder ser juzgado en una corte civil por insurrección contra la Corona. Por lo tanto, la Inquisición tuvo que reunirse y escuchar testimonio contra él y luego hacerlo un ciudadano ordinario, en lo que se conocía como "relajarlo al brazo secular". Es por eso que el presente edicto se considera el parte aguas de la Independencia de México, cuando se le declara una guerra plena a los insurgentes (Library of Congress. Hispanic Division Area Studies).
Lafragua (498), Hdez y D.I (52), Medina (10499), Olivera (110), Garritz (735).
Sin duda uno de los documentos más relevantes de la Independencia de México. A la par de su importancia se encuentra su rareza. Garritz ubica una copia en la Biblioteca Nacional de México; además se registran 5 copias en los EUA: Texas A&M University, UC Berkeley Libraries, University of Pennsylvania Libraries, New York Public Library System y Yale University Library (OCLC, 2015).
Estimado $90,000-120,000


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